Publicado por Antonio Mesa Priego en marzo 2006 con motivo del X Aniversario de la fundación de la Cuadrilla de Albaceas. Real Archicofradía † CUADRILLA DE ALBACEAS † Parroquia de Nuestra Señora de Guadalupe 1.- Introducción El Albacea es uno de los más genuinos, peculiares y más desconocido de la Semana Santa de Baena. Desde el siglo XVI hasta el XIX han tenido gran relevancia en nuestras cofradías, pero, sin embargo, desapareció inexplicablemente en el siglo XX, salvo los albaceas de la Cofradía de N. P. Jesús Nazareno. En sus comienzos, el Albacea asumiría la responsabilidad de la organización de los actos oficiales y su colaboración con el Mayordomo de la Cofradía en el control de limosnas y enseres cofradieros, siendo ejemplo a seguir para el resto de cofrades, pues debían de guardar la compostura y el buen nombre de la Cofradía en todos los actos que se organizaran, censurando todo lo que se opusiera a un acto estrictamente religioso. Sin embargo, a lo largo de los siglos sus funciones han ido cambiando o ampliando a tenor de una mayor especialización en su trabajo, o más bien a consecuencia de la evolución misma de las Cofradías y de sus finalidades. “El Albacea debe de cuidar el Protocolo, saber transmitir la normativa estatutaria con delicadeza y agrado, y el acto, culto o procesión logren el mayor orden y lucimiento, como igualmente tiene que ser conocedor de sus funciones, colaborando con las camareras con el mayor tacto y delicadeza. El albacea es un cofrade de confianza y de orden, de servicio a la cofradía y con humildad, de amor al prójimo y sentido de hermandad”. Con estas palabras tan acertadas nos describía nuestro amigo y hermano Juan Torrico la función del albacea. El Albacea debe ser espejo de amor, entrega y dedicación a la Cofradía, haciendo extensivo que su trabajo es para el culto y veneración de las imágenes, sin ningún tipo de discrepancia y en estrecha colaboración con el resto de directivos y cofrades. El amor a la Cofradía se transmite de generación en generación; el cargo de albacea, cuadrillero, directivo .... Sírvanos como ejemplo más claro la familia Esquinas. Así tenemos como el 27 de junio de 1784 se hace mención en la Cofradía del Dulce Nombre de Jesús del nombramiento del Albacea Antonio de Esquinas, mismo nombre que consta en las actas de la Cofradía de Jesús Nazareno de 1805 y que pudiera ser la misma persona. Actualmente José Antonio Esquinas prosigue la tradición en esta Cofradía. O el Albacea Juan López Roldán, que ejercería dicho cargo al menos desde 1683 a 1717 en aquella Cofradía, constando al mismo tiempo un familiar suyo, Juan López Pontana, en 1686. Sin embargo, Baena ha dejado relegado al Albacea a aquellos trabajos físicos, en detrimento del cargo directivo encargado de tareas de máxima responsabilidad. Las graves necesidades económicas de las cofradías desde el Siglo XIX provocaron que los albaceas concentraran sus esfuerzos hacia tareas de montaje, limpieza y demás, en detrimento de otras responsabilidades como son la custodia y vestimenta de imágenes, así como el cuidado del Protocolo. Además, la aprobación y renovación de los Estatutos ha provocado que se alteren sus funciones, alejándolas de su inclusión en la junta directiva como antaño ocurría, por la relevancia de su cargo. La inclusión de las vocalías dentro de las cofradías ha vulnerado sus funciones y su historia, paralela a la del propio Mayordomo o el Hermano Mayor. Baena debería mantener la tradición de este cargo fundamental en el dinamismo cofrade. No tiene sentido las modas que introducen la existencia de vocales de procesión y/o protocolo cuando existe un Cuadrillero y Cuadrilla de Albaceas, cuyos componentes deben ser los que asuman tales funciones, manteniendo de este modo su historia y tradición. 2.- Antecedentes: los albaceas y los seises. Sus funciones. Las cofradías de Baena han vinculado al albacea, o a los seises, como aquellos cofrades encargados de cuidar el orden de los cultos y procesiones, así como de custodiar el patrimonio de las mismas. Son unos cargos de total confianza, recayendo su elección en personas de orden y de manifiesto amor a la cofradía. Por un lado, tenemos la figura de los “seises”, cargo paralelo a los albaceas con el que algunas cofradías denominaban a estos cofrades. Este nombre aparece reflejado en los mismos comienzos de las cofradías como se puede comprobar en las Reglas de Constitución de los Nazarenos de 1589, donde existe la figura de los “seises”, denominación que se comparte con otras cofradías de la diócesis cordobesa y de otras provincias andaluzas, así como sus funciones. Dichas Reglas afirman: “Yt. se señalen seis seises, conforme se suele hazer, para que estos ayuden a el Mayordomo y hagan y entiendan en las cosas que se ofresieren y tuvieren en cuidado de la dicha cofradía; los cuales sean cuidadosos y zelosos de la onra de Dios y diligentes para tal cuidado y el que señalase el Cavildo no se pueda escusar de tal oficio,, so pena de una libra de zera”. Como podemos comprobar, una de las funciones que se constatan es la de ayudar al Mayordomo en el cumplimiento de sus tareas, tales como la recogida de limosnas, estando los albaceas bajo su cargo durante la celebración de los actos oficiales, siendo un cargo de total confianza al estar a cargo de la economía de la cofradía y de la organización de la misma. Esta función la conservarán en la Cofradía de Jesús Nazareno hasta épocas muy recientes. Además, podemos observar que dicha Regla nos pone de manifiesto que dicho cargo sería celoso de cuidar del buen nombre de la Cofradía, protegiendo el Protocolo que se debía de guardar en los actos oficiales y siendo ejemplo para los demás hermanos. Pero esta denominación no era única de esta cofradía. De hecho en la Cofradía de Nuestra Señora de Albendín, vinculada estrechamente a la Villa de Baena al ocupar sus cargos directivos las personas más relevantes de la sociedad baenense, corrobora la existencia de los seises en el siglo XVI en un documento de donación de 1592: “...entregando en la dicha lámpara para que se continue en el dicho serbicio y los dichos hermano mayor, seisses e mayordomo que de presente son y adelante fueren, guarden e cumplan lo contenydo en estta escriptura...”. El nombre de seises tiene su procedencia en el número de hermanos necesarios para realizar dichas funciones en la cofradía o hermandad, es decir, seis. En la Cofradía de Jesús Nazareno esta denominación se podría haber mantenido hasta que se adoptó la estructura actual de la misma mediante la aprobación de sus Estatutos en 1860, los cuales dicen así: “Los Albaceas serán en número de seis, cuyos nombramientos se harán por la Cofradía en Cabildo General. Estarán los Albaceas a las órdenes del Mayordomo para todo lo concerniente al orden y buen desempeño de las cargas de la Cofradía”. A finales del Siglo XIX fue precisa su ampliación con respecto al número de sus hermanos, como consecuencia del incremento de sus tareas de organización. Paralelamente, otras cofradías han utilizado para dicho cargo el nombre de Albacea. Según el diccionario ESPASA dicho nombre procede del árabe “alvaciya”, persona encargada por el testador o por el juez de cumplir la última voluntad y custodiar los bienes del finado o fallecido, sentido que da a las funciones propias que ejerce en las cofradías donde está integrado. El primer acta que nos refleja la existencia del Albacea es la del Dulce Nombre de Jesús, que en su Cabildo de 1688 asiste un albacea, perteneciendo a su Junta Directiva. El número de albaceas no estaba estipulado en sus Reglas. Así tenemos como en 1747 había cinco, mientras que en 1839 el número es de cuatro, volviendo a cinco hermanos en 1872, todo dependiendo de las necesidades de cada cofradía y de los hermanos dispuestos a aceptar dicho cargo. Tanto la elección como la jubilación de los mismos eran efectuados por votación entre los miembros del Cabildo, teniendo en cuenta sus condiciones personales para la ejecución de sus tareas. Así nos lo pone de manifiesto el acta de 1747 del Dulce Nombre: “Se dixo por dicho Ermano maior y Alferez deella que por quanto a muchos años que la estan sirviendo de Albaceas .... encuio empleo han travaxado y cumplido exactamente y que es justo el que se les exonere deel .... paralo qual teniendo entera satisfacion de ...... becinos de esta villa y personas de quien se fia cumpliran en las asistencias y Cultos de Nuestro Redentor Jesus con el zelo y cuidado que se debe...”. En la Cofradía de la Vera Cruz, a su reorganización de 1813 se nombran cinco albaceas, mientras que el cabildo de 1815 afirma “que por cuanto el número de albaceas que hay no es suficiente, por el mucho trabajo que tiene dicha Cofradía, y para la Procesión que saca el Jueves Santo vaya con orden y devoción que se requiere, se acordaron nombrar y aumentar para tales Albaceas .... los cuales estando presentes aceptaron dicho encargo dieron las gracias a los hermanos por la memoria que habían echo de los susodichos y prometieron cumplir con su encargo según se requiere”. Esto también nos da cuenta del juramento de los albaceas que tenían que realizar en el propio cabildo, ante el resto de cofrades presentes. El hecho de que el Cabildo tuviera que ratificar su elección se pone de manifiesto en 1846: “Que hace tiempo son Albaceas de esta Cofradia...., cuyos nombramientos y admisión no constan oficialmente por un olbido natural, y para que continuen de tales Albaceas teniendolos como se tienen por individuos de esta Cofradia, se hace esta manifestación para que siempre conste”. El número de sus albaceas variaba dependiendo de los hermanos que quisieran ostentar dicho cargo. Así en 1848 era de cinco, mientras que en 1898 se nombran hasta ocho cofrades para tal menester. Este cargo se mantendría al menos hasta 1931, desapareciendo poco después. Hemos visto como la dimisión del albacea tenía que ser aceptada por el Cabildo, el cual valoraba el ejercicio de sus funciones, enviándole un oficio de agradecimiento. El cabildo de la Vera Cruz de 1849 nos lo afirma: “En este acto se hizo presente a los hermanos que no permitiendole al Albacea Manuel Cañete, el estado de su salud continuar desempeñando dicho cargo se despedia de el, la que le fue admitida dandole las gracias por su buen comportamiento durante el tiempo que ha desempañado dicho encargo”. O bien en 1872: “Así mismo se hizo presente por el cuadrillero los deseos del albacea ... de que se jubilase y reemplazase en su destino a causa de que por sus ocupaciones y falta de oido no podía desempeñarlo como hasta aquí ..... y en su lugar se nombró a su hijo a quien le haga saber para su aceptación”. A la baja de dicho cargo se acompañaba el envío del oficio de agradecimiento por su labor desempeñaba, como también lo atestigua la Cofradía del Dulce Nombre en 1942. En la Cofradía del Dulce Nombre de Jesús nos manifiesta también la existencia del Albacea dentro del seno de su Junta Directiva. Así en la elección de la misma el 1 de enero de 1688 asiste Juan López Pontana como Albacea, donde nos informa de otra de sus funciones, al cuidado del Protocolo, durante la recogida de Parroquias: “Que la dicha Congregación del Calvario a de ir con sus hachas y Gallardete, juntamente con la dicha Cofradía del Dulze Nombre de Jesús, todos los Viernes Santos en la tarde por el Clero de esta villa a la Yglesia Mayor de ella, donde se junta y desde donde baja a este Combento a asistir a dicha procesión, como se a estilado hasta de presente, sin que por ninguna razón ni motivo se pueda escusar a hazerlo, para cuio efecto an de concurrir ambas Cofradías y Congregación en la Yglesia de este combento a la ora acostumbrada, desde donde an de subir por dicho clero, sin que para ello se necesite de más recado, no auiendo acudido dicha Congregación a dicha ora, que el que se ymbiare por parte de dicha cofradia con un Aluacea ...”. Este documento pone de manifiesto su intervención en el Protocolo, por lo que se corrobora funciones comunes en diferentes cofradías baenenses. Aquí se puede observar su función como custodios del Protocolo en la procesión. En 1873, a raíz de unos incidentes en los que los Albaceas querían despedir a unos cofrades invitados de otras cofradías, se afirma: “ ... y habiendo espuesto cierto digusto ocurrido en la tarde del Viernes Santo de este año, entre él y los Albaceas, era el que estos desconocieron su autoridad y atribuciones que como tal Hermano Mayor le competian sobre cierto convite hecho por este”. Los testamentos del Siglo XVIII nos ponen de manifiesto además que el cargo de Albacea servía para desarrollar los actos con motivo a la defunción de un cofrade, siendo el encargado de avisar al resto de hermanos de la cofradía, así como de hacer los preparativos contemplados en la Reglas de Constitución de cada cofradía, pagando las correspondientes limosnas parroquiales. Incluso se puede ver como los albaceas debían de estar al cargo de una cierta “preparación cofrade” de los hermanos que participaban en los actos de culto: “Y que para dichos gastos los hermanos Albaceas de este Santo Gremio bean a los hermanos de el y les insinuen como se ba a celebrar ael Santisimo Christo para si alguno boluntariamente quisiere contribuir con alguna limosna lo haga;”. Al mismo tiempo, podemos observar como los albaceas ejercían de impulsores de las cofradías y, así en 1868, ante la falta de hermanos en el Dulce Nombre “abriendose al efecto una inscripcion excitando el ferbor bien por los Albaceas y por cualquiera otro que quiera encargarse de ello ...”. Una misma hermandad podía tener sus propios Albaceas, dependiendo de la estructura de la Cofradía. Así figura en el testamento de Sebastián Serrano, en 1703: “Yten declaro soy hermano de la hermandad del Calvario sita en la Capilla del Dulce Nombre de Jesús en el Convento ntro. Padre Santo Domingo destta vª por una razon cuia razon suplico a los hermanos y Alvazeas dicha hermandad asistan a mi entierro con la Comunidad de Religiosos de dicho Convento y que me digan la Missa y Vigilia cantada con las demas missas y sufragios que deven hazer por los hermanos que mueren...”. Esto nos lo corrobora la misma cofradía en 1927 cuando el Cabildo solicitó a cada hermandad que presentase un hermano para realizar la labor de Albacea, en un intento de que no desapareciese dicho cargo. Por último, vamos a indicar los estatutos de las cofradías en los que constan las funciones propias de los Albaceas, recogiendo así la herencia dejada durante siglos de cuantos ocuparon dichos cargos, pero adecuándolas a las necesidades de cada una de ellas. Sin embargo, se ha de apreciar en todos ellos como la relevancia del Albacea va a desaparecer injustamente, cometiendo un atropello a su historia y su entrega; su labor va a quedar supeditada a la voluntad de la junta directiva, al mayordomo al que le auxilian para recoger las limosnas, al secretario al que le ayudarán en la citación para los cabildos y demás actos y a las propias necesidades de la cofradía. La Cofradía de Jesús Nazareno se estructuraba definitivamente en 1860, aprobando unos nuevos Estatutos que en lo concerniente a los Albaceas exponen: En 1984 esta Cofradía era la única que conservaba albaceas en su organigrama y las funciones se mantendrían inalteradas, siendo nombrados entre los hermanos de cualquier cuadrilla de la Cofradía. El número de los mismos será el determinado por el Cabildo, dependiendo de las necesidades. No pagarán limosnas a la Cofradía y usarán para la procesión la misma túnica de los hermanos de Andas, continuando bajo las órdenes del Mayordomo y serán sus obligaciones: En los nuevos Estatutos aprobados en el año 2004 se conservan aún algunas de sus tradiciones, aunque adaptándose a los momentos actuales. Así tenemos como continúan bajo las órdenes del Mayordomo, pasando a ser colaboradores de las Camareras y de cada una de las hermandades para el cuidado, aseo y buena conservación de las Imágenes, utensilios de la Capilla, Andas y demás enseres. Por su parte, siguen quedando exentos del pago de la limosna a la Cofradía, usando para su uniformidad una túnica y capirote morados, cordones y distintivo. Por último, los Albaceas podrán pertenecer a cualquiera de las hermandades y cuadrillas de la misma, guardándoseles su plaza hasta que dejen de ocupar dicho cargo. El Cabildo de la Vera Cruz del 24 de abril de 1898 estableció el protocolo de los albaceas. Al igual que las demás cofradías, quedarían agregados a cualquier hermandad de andas. Por otra parte, habría un albacea encargado de dirigir o coordinar a los demás, pero sin poder una propia cuadrilla y sin tener voto en el Cabildo, anulando definitivamente la importancia del Albacea y asignándosele los trabajos más penosos: Sus Estatutos de 1895 describían los detalles de su vestuario: “Los hermanos de andas y albaceas, tragecillo blanco compuesto de enaguas, chaquetilla y capirote”. Esta dos cofradías redactaron unos nuevos Estatutos en 1935, recogiéndose parte de lo antiguo e intentando unificar los criterios seguidos con otras hermandades: Por su parte, la Cofradía del Dulce Nombre de Jesús aprueba en 1922 su estructuración actual, concibiéndose a los albaceas como una hermandad o cuadrilla más, pero quedando exentos del pago de limosnas en atención a sus obligaciones. Dichos Estatutos serían copia de Estatutos de Jesús Nazareno en 1860. Los Albaceas han sido a lo largo de su historia los cargos de confianza del Hermano Mayor y del Cabildo en las cofradías baenenses. El celo que han manifestado en la preparación de los actos de culto, junto a la salvaguarda de la intimidad de las imágenes, de las alhajas y demás los objetos de culto le han hecho merecedores de dicho honor, por lo que ocupaban un cargo destacado dentro del organigrama de la cofradía y estando presentes en las decisiones que los Directivos pudieran acordar. Así tenemos como la recogida de limosnas por las calles o durante la celebración de los actos de culto era efectuada por los hermanos o cuadrilleros, bajo el control de los albaceas, los cuales debían entregárselas posteriormente al Mayordomo de la Cofradía. Así nos lo manifiesta el Cabildo del 24 de junio de 1725 de la Cofradía del Dulce Nombre de Jesús, estando cada albacea asignado a un número determinado de hermanos. “Primeramente que se señale y nombran veinteyquatro hermanos los mas celosos y fervorosos de dicha Cofradia para que pidan limosna con las bazinetas todos los dias de Fiesta del año .... y la limosna que se juntare seade entregar al Maiordomo ael fin de la Semana o del mes como mejor pareciere enpresencia del Albazea acuio cuidado estubiere el reparto de dicha demandas ...”. Esta función aún la ejercían en 1872, cuando recogían limosnas en la tarde del Jueves Santo a aquellas personas que pasaban a visitar a las Imágenes, entregándolas posteriormente al Mayordomo. Dentro de la Cofradía el peso del albacea era importante, confiándoseles las llaves de la Capilla donde se veneraban las Imágenes, o bien el arca donde se guardaban los objetos de mayor valor y el dinero. En la Constitución de la Hermandad del Santísimo Sacramento en la ermita de Santa Marina, en 1736, se afirma: “.... y an de nombrar dos hermanos de ella con el título de albazeas soliziten y ajenzien todo lo tocante a dicha hermandad en cuia ocasión se a de hazer entre los dichos hermanos repartimiento de las oras que cada quatro de ellos an de tener de asistenzia al Santísimo Sacramento, “... dicha limosna se a de recoger con quenta y razón en un arca que se a de hazer con dos llaues, que la una la a de tener un albazea y otro la otra...”, “... dicha limosna la an de recoger y cobrar los dos albazeas que se nombraren y estos han de tener el cuidado de que sin la menor dilazión se digan dichas veinte y zinco misas...” De estos Estatutos se puede deducir la máxima importancia de su función, al establecer el relevo para el culto al Santísimo Sacramento, además de la custodia de las llaves del arca donde se guardaban las limosnas recogidas, estando además encargados de aplicar las misas que determinaban las Reglas de Constitución. EL cabildo del 18 de junio de 1747 de la cofradía del Dulce Nombre nos aclara dicha confianza en la custodia de la Capilla de las Imágenes; tras el nombramiento de tres albaceas se afirma: “lo qual yo el Secretario selehaga saber y queséeles entreguen las llaves de la Capilla y demas queusa para las funciones dedicho convento y asiquedo acordado como también el que dichos albaceas luego que mueran seles acuda conlos sufragios queesta Cofradía acude atodos los Ermanos y lo firmaron”. En la Cofradía del Dulce Nombre el peso de dicho cargo llegaba hasta el extremo de hacerse cargo de su dirección cuando la Junta Directiva dimitía de sus funciones por alguna causa. El cabildo de 1883 nos manifiesta “manifestó en sercion plena según oficios que le entrego de las dimisiones presentadas al Albacea Juan Rojas”. Tres años después, en 1886, dice a la dimisión del Hermano Mayor y otros directivos “... y para que al efecto hacia dimisión, entregando el oportuno oficio al Albacea Juan de Rojas, así como los efectos siguientes ...”, siendo varios Albaceas los que presidieran posteriormente los Cabildos extraordinarias hasta la elección de la nueva Junta Directiva. En esta Cofradía la Junta Directiva siempre se apoyaba en el conocimiento del Albacea a la hora de tomar alguna decisión, como ocurriera en 1876, cuando ésta se reúne para tratar el mal estado de las Andas de la Virgen de la Soledad, formándola el Hermano Mayor, Alférez, Mayordomo, Cuadrillero de la Virgen y un Albacea. En la Cofradía de la Vera Cruz tenemos constancia de como el Albacea era uno de los componentes del Cabildo. En su cabildo de reorganización de 1813 se afirma: “... integrada por hermano mayor, alferez, dos mayordomos , cinco albaceas y dos hermanos de trompeta...”. Sin embargo, tras la unión de las Cofradías de Jesús del Huerto y de la Vera Cruz en 1895, se procedió a la división de las hermandades, pero sin conceder voto a los hermanos albaceas en el Cabildo, al no disponer de Cuadrilla propia y estar adheridos a las hermandades de andas, lo cual iría provocando su continua disolución y pérdida de relevancia. Tan sólo, se les permitía recibir en atención a su mucho trabajo una pequeña recompensa: “una lima de Jesús del Huerto, una vela y un pebete” En la Cofradía de Jesús Nazareno el Albacea también estaba vinculado a la Junta Directiva hasta las ampliaciones de las hermandades a partir de 1860, en la que dichos hermanos se irían integrando en las distintas hermandades de Andas al igual que el resto de cofradías y no a una única hermandad como se ha creído, a pesar de ir vestidos de igual forma. Su importancia traspasaba el propio mundo cofrade y las propias instituciones civiles les tenían en consideración ante la presencia de algún conflicto durante la celebración de los actos de culto. Los altercados que se podrían producir a raíz de las prohibiciones del Obispado en la Semana Santa, en 1858, fue motivo para que el Ayuntamiento de Baena escribiera a los hermanos mayores de cofradías, el 9 de marzo, afirmando: “Para conferenciar sobre las procesiones de la proxima Semana Santa ruega a V. Se sirva concurrir a estas Casas Consistoriales a las diez de la mañana del día 11 del corriente mes; teniendo la vondad de invitar para que tambien asistan a esta reunión a los Cuadrilleros y Albaceas de su Cofradía ...”. Otra de sus funciones ha sido llevar a cabo la vestimenta de las Imágenes. Sin embargo, hay diferencias entre unas cofradías y otras, sobre todo con el transcurrir de los siglos. En la Cofradía del Dulce Nombre de Jesús se atestigua como, en la elección de la Camarera de la Virgen en 1803 , ésta se haría cargo de la tarea de vestimenta y conservación ropas y alhajas con la Camarera “en cuia atencion se nombre a otra Sra que exerciese dicho empleo, y se le entrega la Ropa de dicha Sagrada Imagen por su correspondiente Inbentario para que cuidase de ella, y su aseo ...”. Sin embargo, en 1877 la custodia de enseres de culto de dicha Imagen quedarían también a cargo del Albacea, lo cual corrobora que compartían igual relevancia: “haciendo ademas donacion perpetua a la Santisima Virgen de dos jarrones de cristal con coronas de metal dorado que quedan desde luego depositados en el Albacea ...”. Por su parte, en la Cofradía de Jesús Nazareno tenemos como el Cuadrillero de Albaceas ha sido siempre el encargado de vestir a la Imagen de Jesús Nazareno y de “echar la bendición”. Además, en esta Cofradía la función de los Albaceas era la de vestir a las Imágenes, encargándose incluso de custodiar las ropas y alhajas. Así lo constata el nombramiento de la Camarera de la Virgen de los Dolores en 1913 y, posteriormente, en los Estatutos de 1926 de la Cofradía, cuando las funciones de tal custodia, vestir y desnudar las imágenes comenzaría a compartirlas con las Camareras, lo que demuestra una duplicidad en el cargo. A lo largo de la historia, la relevancia de su cargo ha ocasionado que el Albacea haya pertenecido a la Junta Directiva, lo que hace prever su relevancia como integrante de la misma. Desgraciadamente, Baena ha dejado relegado al Albacea a aquellos trabajos físicos, en detrimento del cargo directivo encargado de tareas de máxima responsabilidad. En algunas cofradías, y por razones sociológicas donde se subestima su función e importancia, ha sido relegado disponiendo de sus servicios en detrimento de la cofradía. Todo ello, ha podido ser fruto del amor del albacea a su cofradía, pues los malos tiempos de necesidades económicas para llevar a cabo los actos de culto han impulsado a que estos asuman ciertas tareas de montaje, limpieza y demás, con el consiguiente abandono de otras responsabilidades como bien la custodia y vestimenta de imágenes. 4.- Fundación de los Albaceas de la Real Archicofradía. Se cree que el Albacea ha sido un cargo nuevo en la Real Archicofradía de Nuestra Señora del Rosario y Santísimo y nada más lejos de la realidad, ya que la misma no estaba exenta de un cofrade tan importante y vital para el normal funcionamiento de las cofradías, máxime por el elevado número de actos de culto que celebraba a lo largo del año. El Testamento de Diego Truxillo, 1703, afirma “Y por quanto soy hermano de la hermandad del Santo Rosario de la Aurora sita en el Convento de Nuestro Padre Santo Domingo de esta Vª suplico a los sres. Capellan y hermanos de dicha hermandad paguen y satisfagan a los señores Rector y Curas de la dicha Yglesia Maior la limosna de entierro y misa solemnes y de los seis acompañamientos de los doce que ande acompañar mi entierro conforme a la costumbre que dicha hermandad …. se pague menos a la dicha yglesia por mis Albazeas de lo que importare el gasto de dicho mi entierro, acompañamiento y misa solemnes …”. Este documento nos pone de manifiesto la voluntad de los hermanos de ser enterrados bajo el protocolo que marcaba la institución. Los Estatutos que regían los entierros fueron aprobados por convenio entre la Archicofradía y la Comunidad de religiosos de Santo Domingo el 24 de junio de 1698. Estos Estatutos son importantes por cuanto señalan algunas de las funciones y derechos de los Albaceas. En su artículo 9º nos especifica: “Yttem emos de señalar cobradores alvaceas pª la cobranza de dho quarto por cada ermano defunto y solicitar el entierro havisando a los hermanos asi para que asistan a el como para que havisen a los ermanos y ermanas aque recen las tres partes del rosario por cada ermano defunto estamos obligados a rezar”. Con esto se confirma que la función de gestores de las limosnas y citadores de los hermanos era común en todas las cofradías baenenses. Ya en las constituciones fundacionales de la Archicofradía constaban las obligaciones a mantener con los hermanos difuntos. Los Albaceas tenían un papel fundamental para cumplir con uno de los fines de las cofradías baenenses como era el entierro de hermanos difuntos. Mientras que los albaceas particulares del difunto, contemplados en su testamento, tenían la obligación de cumplir su última voluntad, los Albaceas de la Archicofradía se ocupaban de comunicar la muerte del hermano al Hermano Mayor y al Capellán, siendo citados todos los hermanos al entierro, llevando consigo el Estandarte y la Cruz de la Real Archicofradía. El entierro era acompañado por el Prior y Comunidad de Santo Domingo, que velaban el alma del difunto, cantando o rezando por su alma las oraciones señaladas, seguramente el Rosario. La Archicofradía costeaba seis acompañamientos (seis sacerdotes acompañando al difunto), además de la Misa principal y el entierro, que destacaban por su solemnidad, corriendo a cargo del testamentario el número restante de acompañamientos. Además, por sus muchas obligaciones quedarían exentos del pago de sus correspondientes limosnas: “Yttem por quanto los Alvaceas cobradores y los que piden la limosna de noche y los munidores del rosario del Aurora estan obligados a hacerlo por si y ser mucho el trabajo perdiendo de sus obligaciones; la dha Ermandad los da por libres de la obligacion de las limosnas…” La importancia definitiva del Albacea como miembro del Cabildo se determina en la admisión de hermanos “juntandose el Ermano maior Cappan Escribano Albaceas y oficiales pongan en zedulas distintas los nombres de los pretendientes y hechadas en un gorro se sentara por ermano al que le empiece la suerte” Un acta del Cabildo celebrado el 15 de agosto de 1770 nos refleja como Joseph Ramos ocupaba el cargo de Albacea en la Archicofradía. Este Cabildo fue convocado junto al Prior de los Dominicos ante la falta de Hermano Mayor y en su posterior elección, lo cual corrobora con lo anteriormente expuesto la máxima importancia de dicho cargo en la Real Archicofradía. Parece que este mismo hermano ocupaba el cargo también de Albacea en la Cofradía del Dulce Nombre de Jesús en 1787, ocupación que heredaría su familia. Quizás fuese a raíz de la desorganización de las cofradías baenenses, durante la Guerra de la Independencia (1808-1812) y tras la expulsión de los Dominicos (1835), cuando se produjo la desaparición de dicho cargo en la Real Archicofradía, pues incluso en la elección del mítico Hermano Mayor Manuel Rojas Chueca en 1888 ya no consta su existencia. La reorganización de la Real Archicofradía, el 21 de mayo de 1959, trajo consigo la elección de cuatro albaceas, dos de la Hermandad de la Virgen y dos de la Hermandad del Cristo, pero dichos cargos duraron tan sólo un año, tras la paulatina desorganización y la desunión entre los mismos al no estar vinculados a una única cuadrilla. Desgraciadamente, la historia y el hombre han querido dejar perdidos y destruidos los libros de actas de las cofradías para dejar mayor constancia de este cargo cofrade. Sírvanos de ejemplo los libros de actas de la Real Archicofradía; cuatro siglos de historia quemados por el incendio intencionado de Santa María la Mayor, en 1936. En 1993, los sucesivos problemas de organización en los actos de culto de la Real Archicofradía sirvieron de aliciente para que, año tras año, se comentara la necesidad de tener un grupo de personas que se encargaran del cuidado del Protocolo, del Camarín y de la preparación de las Imágenes. El Cabildo, y la hermandad matriz en sus asambleas, debatirían en numerosas ocasiones la necesidad de unos albaceas. El 17 de febrero de 1996 el Secretario de la Hermandad de Ntra. Sra. del Rosario se reunió con un grupo de tres jóvenes interesados en la ejecución del proyecto de la creación de una Cuadrilla de Albaceas. El Cabildo de la Real Archicofradía aprobó por unanimidad la fundación de una Cuadrilla de Albaceas el 3 de marzo, compuesta por cuatro hermanos fundadores, a los que se le irían uniendo el ingreso de nuevos hermanos que han ido afianzando la Cuadrilla. La Cuadrilla de Albaceas ha jugado una labor importante en la Real Archicofradía desde su fundación, en 1996, que ha servido para consolidar diversas tradiciones y actos de culto que ningún componente de la misma tenía asignado, afianzándose así su ejecución sin tener que basarse en la improvisación y el posible olvido. Una labor constante para organizar unos actos de culto dignos, donde impera el culto a las tres imágenes. Entre los más importantes: - Custodia y mantenimiento de la Capilla, Camarín y Retablo. El Reglamento de la Cuadrilla de Albaceas de la Real Archicofradía fue aprobado en Asamblea General de la Cuadrilla Ordinaria celebrada el 21 de febrero de 1999, entrando en vigor tras ratificación de la Junta Directiva de la Real Archicofradía el 26 de febrero del mismo año. Consta de quince reglas de constitución, simbolizando los quince Misterios del Santísimo Rosario. La trascendencia de dichas Reglas de Constitución radica en la preservación histórica del cometido de los albaceas y de su implicación en los fines de la Real Archicofradía. De todo lo expuesto anteriormente, se ha ido recogiendo la esencia que un día tuvieran estos cargos cofrades, recuperando una importancia, perdida gradualmente a partir de la segunda mitad del siglo XIX. Sin embargo, la única novedad es que los Albaceas pagan sus limosnas como el resto de hermanos. Por otra parte, la historia nos ha precavido de la necesidad de formar una Cuadrilla que mantuviese unidos a los Albaceas y los coordinara, en lugar de que formaran parte de cada hermandad, hecho que históricamente ha provocado su desaparición. Esta Cuadrilla forma parte de la hermandad matriz como una de sus tres cuadrillas, como sucediera en 1888 y desde su fundación, anterior a 1548. Sin embargo, su trabajo es común, en beneficio de la propia Real Archicofradía y de las hermandades que la integran, bajo el cuidado y el culto de sus tres Imágenes. Así, el emblema de la Cuadrilla es el de la Real Archicofradía, es decir, el emblema mariano, coronado por la Corona Real Española y con el Santísimo Rosario, siendo el rojo el fondo y color oficial. Las obligaciones de la Cuadrilla son los siguientes: Los derechos de la Cuadrilla son: Al mismo tiempo, como hermanos de la Hermandad de Nuestra Señora del Rosario, poseerán todos sus derechos y obligaciones, sin menoscabo de sus funciones especiales. Las peculiaridades del Cuadrillero son: Para el ingreso en la Cuadrilla se requiere: La Cuadrilla cuidará especialmente de desarrollar un culto a las Imágenes dentro del marco religioso que requiere. Por ello, la vestimenta se realizará por la Camarera y un Albacea, no pudiendo haber hombre alguno para vestir a la Santísima Virgen ni a María Magdalena, salvo la necesaria presencia del Cuadrillero de Albaceas. Igualmente se ejecutará durante el montaje y desmontaje en las Andas, ante la menor cantidad de personas posible. Asimismo, la entrada a la Capilla se realizará con el respeto que merece y con la presencia de un Albacea, Cuadrillero o Directivo que se responsabilice de ello. Para el desarrollo de los Actos Oficiales los Albaceas se reunirán para recoger al Hermano Mayor, colocándose cada uno en el desfile junto al Estandarte asignado ese año mediante sorteo, recorriendo su hermandad para ayudar al orden en caso necesario. Como norma centenaria cofrade baenense, en caso de fallecimiento de un Albacea, se citará a todos los albaceas para que acudan a casa del hermano, hasta darle sepultura. Se llevará una corona de flores y el Estandarte de la Real Archicofradía bajo luto, con lazo negro. Año Albacea 1770 Joseph Ramos Finalmente, el objetivo de este cuadernillo es dar a conocer una de las figuras más importantes de la Semana Santa baenense, algo olvidada y algunas veces poco valorada, pero gracias a la cual se puede asegurar una continua organización de los actos de culto de las cofradías, así como ser custodios de una religiosidad para que la Semana Santa no pierda su sentido y esencia, a veces mermada por los cambios sociales e intereses políticos que frecuentemente se experimentan. • Estatutos Real Archicofradía, 1959.
Real Archicofradía de Nuestra Señora del Rosario y Santísimo Cristo Resucitado Cuadrilla de Albaceas |
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